La Corte determinó hoy que parejas adoptantes del mismo sexo podrán disponer de licencias de maternidad y paternidad ya que «requieren del mismo tiempo de cuidado que las parejas heterosexuales para construir vínculos» y poder «prodigar afecto y amor».
Así lo dispuso la magistrada Diana Fajardo Rivera, de la Corte Constitucional, de Colombia, quien destacó que tanto las parejas homo o heterosexuales que adopten «deben brindar las mismas garantías», según publicó el diario El Tiempo de Bogotá
Además, agregó que «si bien en la primera los roles binarios de madre y padre no encajan con las expectativas sociales y lo que implica un modelo de familia nuclear, esto no es suficiente para descartar que se encuentran en similar situación»
Así, la Sala Plena expresó que la imposibilidad de tener las licencias generaba una desigualdad que terminaba impactando los derechos de los niños, niñas y adolescentes adoptados por las parejas gay, convirtiéndose en una restricción injustificada.
Asimismo, se señaló que «las licencias parentales deben responder a esos mandatos constitucionales, es decir, a preservar los intereses de los menores a no verse afectados por decisiones legislativas que excluyan a sus familias del reparto del tiempo para cuidarlos y conformar lazos estrechos».












