Una nueva normativa permite certificar firmas ante el Juez de Paz local, evitando traslados a ciudades con escribano público y reduciendo costos y tiempos administrativos para las comunidades más alejadas.
En línea con la estrategia del gobernador Ignacio “Nacho” Torres para modernizar el Estado, desburocratizar trámites y garantizar acceso equitativo en todo el territorio, el Ministerio de Gobierno puso en vigencia un esquema que facilita la constitución de Asociaciones Civiles en localidades del interior provincial.
El cambio, articulado por la Inspección General de Justicia (IGJ), apunta a generar condiciones reales de igualdad jurídica para vecinos que históricamente encontraban barreras geográficas y económicas para formalizar sus organizaciones.
Un beneficio directo para las comunidades
El Artículo 2 de la resolución introduce una modificación clave:
las firmas necesarias para conformar una Asociación Civil podrán certificarse ante el Juez de Paz de cada localidad, sin necesidad de viajar a centros urbanos donde exista servicio notarial.
Luego, la IGJ otorgará carácter de instrumento público al trámite, asegurando la plena validez legal de toda la documentación.
Esto elimina traslados largos, costos elevados y demoras que afectaban a comunidades sin acceso directo a escribanos.
La implementación fue posible gracias al trabajo coordinado entre el Ministerio de Gobierno y el Superior Tribunal de Justicia, que habilitó la participación operativa de los Juzgados de Paz en todo el territorio.
Alcances de la normativa
Podrán acceder a esta modalidad las asociaciones con domicilio dentro de un radio de 100 km de las siguientes localidades:
Aldea Beleiro, Aldea Epulef, Alto Río Senguer, Camarones, Dique Florentino Ameghino, El Escorial, Gan Gan, Gastre, Gobernador Costa, Languiñeo, José de San Martín, Lago Blanco, Lagunita Salada, Las Plumas, Paso de Indios, Paso del Sapo, Ricardo Rojas, Río Pico, Río Mayo y Telsen.
Una vez presentada ante la IGJ la documentación requerida —Acta Constitutiva y Estatuto Social, con firmas certificadas ante el Juez de Paz y un mínimo de diez personas mayores de edad como constituyentes— el organismo otorgará la autorización legal correspondiente, conforme lo previsto en el artículo 289 inciso b del Código Civil y Comercial de la Nación.
Con esta medida, el Gobierno del Chubut fortalece la vida institucional, reduce desigualdades territoriales y consolida un Estado más ágil, accesible y cercano a las realidades del interior provincial.












