Rechazan los planteos de la Lista Roja en la Cooperativa Eléctrica de Trelew

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En una reciente reunión, el Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Trelew decidió rechazar los planteos de la Lista Roja Nº 3. Las objeciones giraban en torno a la oficialización de la lista y la validez de las firmas, generando un intenso debate dentro de la entidad.

En una sesión llevada a cabo el 21 de agosto de 2024 en la sede de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew, el Consejo de Administración decidió, por mayoría, rechazar los planteos presentados por el apoderado de la Lista Roja Nº 3, Dr. Francisco Castagnoli. La reunión contó con la presencia de los principales consejeros, así como del síndico titular Romina Andrade.

El Dr. Castagnoli había argumentado que su lista debería haber sido oficializada automáticamente debido a un supuesto vencimiento del plazo establecido en el artículo 10 del Reglamento para las Asambleas Electorales Seccionales. Según su interpretación, la lista debería ser aprobada sin considerar si los candidatos cumplían o no con los requisitos exigidos por el Estatuto Social y la Ley 20.337.

Además, el apoderado cuestionó la autenticidad de las firmas evaluadas en el proceso. Según su exposición, el informe documentológico realizado por un perito calígrafo carecía de validez porque, según él, no se citó a los firmantes para ratificar sus firmas ni se tomaron cuerpos de escritura.

El Consejo de Administración, en su respuesta, aclaró que todo el proceso fue controlado y auditado por el Inspector del INAES y el Director de Fiscalización de la Subsecretaría de Asociativismo. A lo largo de las conversaciones, se determinó que los plazos fueron computados correctamente y conforme a una interpretación válida y posible del reglamento electoral.

Durante la reunión, se destacó que en ningún momento, ni el apoderado de la Lista Roja ni otros consejeros habían objetado los plazos antes de la fecha límite, lo que pone en duda la veracidad del reclamo actual. «El plazo fue entendido como un plazo común, computado una vez vencido el término para la presentación de listas», explicó el Consejo, destacando que esta interpretación fue históricamente utilizada en los procesos eleccionarios de la Cooperativa.

En cuanto a las firmas cuestionadas, el Consejo ofreció la posibilidad de revisar las decisiones si alguna firma había sido evaluada incorrectamente. Sin embargo, ni el apoderado de la Lista Roja ni otros representantes de las listas presentaron objeciones formales al respecto, limitándose a expresar su disconformidad general.

El Consejo también rechazó la solicitud de subsanar las firmas erróneas, explicando que solo se pueden corregir errores formales y no reemplazar o modificar candidatos, como fue solicitado. La renuncia de varios candidatos de la Lista Roja también fue considerada extemporánea y, por lo tanto, sin efecto en la oficialización de la lista.

Finalmente, en la votación interna, la mayoría de los miembros del Consejo decidió ratificar la validez del proceso y mantener la decisión plasmada en el Acta Nº 2301, confirmando que la Lista Roja Nº 3 no cumple con los requisitos para ser oficializada en las próximas elecciones.

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